Annalucia Fasson Llosa
Abogada por la Universidad de Lima con Magnum Cum Laude. Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad de ESAN. Cuenta con una especialización en Derecho de la Moda por el Fashion Law Institute at Fordham Law University, New York. Actualmente, es Socia Senior del área corporativa & digital investments y jefe del área de derecho de la moda, luxury y retail de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados.
La fibra de alpaca es una de las más reconocidas a nivel internacional por su calidad, la misma que en el Perú se produce principalmente en las regiones de Puno, Cusco, Arequipa, Apurímac, Ayacucho, Pasco y Huancavelica y que se utiliza para confeccionar una alta gama de productos desde prendas de vestir, calzado, accesorios y hasta alfombras, siendo el Perú uno de los principales exportadores de esta fibra a nivel mundial, pero lo cierto es que a la fecha son pocos los que tienen conocimiento del marco normativo que existe para producir y comercializar esta fibra, que cada día gana más adeptos entre los consumidores, dado que se la considera como una materia prima orgánica por excelencia.
Tanto así que mediante Resolución Ministerial No. 0429-2012-AG se estableció el 1 de agosto de cada año como día nacional de la alpaca, la misma que tiene por finalidad revalorizar la crianza de la alpaca peruana y su riqueza genética que contribuye a la economía familiar del poblador andino así como reconoce a la fibra de alpaca como una de las más apreciadas en la industria textil compitiendo con cashemire, el mohair y la angora, siendo la alpaca la de mayor aceptación mundial por su calidad.
Por otro lado, en el 2003, se publicó la Ley No. 28041, que promueve la crianza, producción, comercialización y consumo de los camélidos sudamericanos domésticos, tales como la alpaca y la llama, que tienen por objetivo beneficiar a los criadores, productores, comunidades campesinas y empresas que se dedican a la fibra de alpaca, llama y sus híbridos. Asimismo, esta norma fue reglamentada mediante el Decreto Supremo No. 024-2004-MINAGRI que crea el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS) autoridad responsable de ejecutar la Ley y el Reglamento y que se encarga de promocionar el repoblamiento de la alpaca, de crear productos financieros para los criadores, así como de promover la comercialización y la exportación de la fibra de la alpaca, entre otros. Posteriormente, se publicó la Ley No. 28350, que tiene por finalidad promover el mejoramiento genético y la preservación de la alpaca y llama, creando el registro genealógico de la raza de alpaca y llama, respectivamente, declarándolas a ambas como “Recurso Genético del Perú”.
Asimismo, existen varias instituciones como por ejemplo el Instituto Nacional de Calidad – Inacal que a través del Comité de Permanente de Normalización de la fibra de alpaca en el Perú han elaborado normas técnicas que promueven el uso de la fibra de alpaca, por ejemplo tenemos la Norma Técnica Peruana No. 231.370:2019 que regula las buenas prácticas de esquila y manejo del vellón de la fibra de alpaca, teniendo por finalidad la de facilitar su aplicación entre las comunidades altoandinas productoras de alpaca en el Perú y difundiendo el proceso de esquila del animal vivo, sin torturarlo así como el manejo del vellón de la fibra obtenida de las razas Suri y Huacaya de la especie de alpaca, utilizando criterios técnicos para su selección. Asimismo, también existen otras normas técnicas tales como la Norma Técnica Peruana No. 231.300:2014 que desarrolla las definiciones, categorización, requisitos y rotulado de la fibra de alpaca en vellón, la Norma Técnica Peruana No. 231.301:2014 que establece las definiciones, la clasificación por grupos de calidades, requisitos y rotulado de la fibra de alpaca clasificada y la Norma Técnica Peruana No. 231.302:2014 que establece el procedimiento de categorización y muestreo de la fibra alpaca en vellón.
Por otro lado, en 1984 en Arequipa se creó la Asociación Internacional de la Alpaca (en adelante, AIA) que el Gobierno Peruano impulsó a través de la celebración de un convenio entre el Fondo de Promoción de Exportaciones No Tradicionales (en adelante, FOPEX) y la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa. Esta asociación tiene como principal objetivo promover y proteger a la fibra de alpaca y sus derivados a través del uso de su marca colectiva ALPACA MARK o MARCA ALPACA que garantiza el contenido y calidad de la fibra de alpaca en los productos que la llevan.
En ese sentido, se puede utilizar la marca colectiva “ALPACA ORIGIN MARK” que se encuentra destinada a distinguir productos textiles o destinados a la industria textil utilizando para ello un 100% de fibra de alpaca y distinguiendo sus etiquetas en: i) dorada: 100% baby alpaca o calidad superiores, garantizando una finura en fibra no mayor a 23 micrones y ii) plateada: 100% alpaca con calidades inferiores a la baby alpaca garantizando una finura no mayor a 26.5 micrones. Por otro lado, tiene la marca colectiva “ALPACA BLEND MARK” con su etiqueta blanca/negra que se encuentra destinada a distinguir mezclas con un mínimo de utilización de 30% de fibra de alpaca en cualquiera de sus calidades, debiendo el fabricante indicar el porcentaje de la referida mezcla.
Asimismo, para aquellas empresas textiles o diseñadores que desean usar dichas marcas colectivas deberán llenar un formulario de inscripción, así como cumplir con celebrar el contrato de licencia de uso anual de las marcas y demás requisitos establecidos en el Reglamento de uso de la marca colectiva Alpaca Origin Mark o de la marca Alpaca Blend Mark, respectivamente.
Por otro lado, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (en adelante, PROMPERÚ), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR) y el Instituto Peruano de la Alpaca y Camélidos (en adelante, IPAC) crearon la marca sectorial ALPACA DEL PERÚ que busca posicionar el uso de la fibra de alpaca en el mercado internacional.
Cabe precisar que por marca sectorial debemos entender a un signo de identidad visual aplicado a productos o servicios de un sector priorizado por PROMPERU, los mismos que son usados para promocionar la imagen de determinadas líneas o sectores de exportación.
El titular de la marca sectorial ALPACA DEL PERÚ es PROMPERU y cuenta con certificado multiclase 00016671 (Clase 16, 18, 23, 24, 25, 26, 35 y 41). Para acceder a ella, se debe, según el artículo 17 del Reglamento para el otorgamiento de licencias de uso de la Marca País Perú y las marcas sectoriales, de celebrar el contrato de licencia de uso de la Marca País Perú, completar el formulario “Solicitud de licencia de uso de la Marca País o marcas sectoriales” así como cumplir con los requisitos señalados en el Anexo IV del referido Reglamento, adjuntando a la solicitud los documentos que acrediten el cumplimiento de estos.
Hoy, en Perú, el derecho de la moda se viste de alpaca, fuente de orgullo de todos los peruanos, y espero que pronto más diseñadores nacionales y extranjeros apuesten por esta fibra, utilizándola en sus próximas colecciones.
Imagen: La alpaca