JUAN ANTONIO ARBULÚ CELI
Abogado por la Universidad de Piura. MBA. Compliance Officer y Gestor de Riesgos de Gobernanza. Consultor en Gobierno Corporativo y Dirección de Empresas Familiares formado por la International Finance Corporation (IFC) del Grupo Banco Mundial. Conferencista, autor y docente universitario.
Estado, sociedad y empresa, constituyen una triada que, con un engranaje sólido, colaborativo y eficiente; generan desarrollo sostenible para las personas y la sociedad en general. En una posición concéntrica a esta triada, se encuentra la Universidad, que como su concepto mismo lo confirma, constituye una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial (Ley Universitaria; 2014).
Nuestra Ley Universitaria (la ley) recoge como principios de la Universidad, entre otros, los siguientes:
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- Pluralismo, tolerancia, diálogo intercultural e inclusión
- Afirmación de la vida y dignidad humana
- Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social
- Pertinencia y compromiso con el desarrollo del país
- El interés superior del estudiante
- Ética pública y profesional
Todos estos principios listados, están relacionados, en la dirección de la responsabilidad social universitaria, a dos funciones que tiene la universidad según la Ley, la extensión cultural y proyección social, y el contribuir al desarrollo humano.
La universidad opera en un escenario complejo, crisis de diferente naturaleza, como el riesgo climático, inestabilidad política y social, los efectos e impactos que aún perduran de la pandemia del Covid 19; y no solamente debe buscar aminorar los efectos negativos a nivel institucional si no que, debe buscar siempre el aportar al desarrollo humano y social, teniendo como centro de sus actuaciones, a la persona. Añadiendo además una perspectiva que cada vez es más requerida y necesaria en la actuación de toda organización, el ESG (Environmental, social and governance por sus siglas en inglés), la responsabilidad a nivel de medio ambiente, aspecto social y la gobernanza institucional. Cada uno de estos aspectos tiene su propio enfoque y preocupación:
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- Medio ambiente: cambio climático, recursos naturales, contaminación y residuos, biodiversidad.
- Social: derechos humanos, estándares en cadena de suministros, gestión laboral, seguridad y salud, desarrollo de capital humano.
- Gobernanza: gobierno corporativo, corrupción e inestabilidad, diversidad en la junta, ética de negocios.
Estas ideas y enfoques que forman parte de la actuación universitaria, determinan que las universidades deban contribuir al desarrollo social, desarrollo al que la organización Social Progress Imperative, la asigna algunos índices para su medición:
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- Necesidades humanas básicas: Nutrición y cuidados médicos básicos, agua y saneamiento, vivienda, seguridad personal.
- Fundamentos de bienestar: acceso a conocimientos básicos, acceso a información y comunicaciones, salud y bienestar, calidad medioambiental.
- Oportunidades: Derechos personales, libertad personal y de elección, tolerancia e inclusión, acceso a educación superior.
Bajo este escenario, que le asignan a la universidad un aspecto y una obligación de visión social, es que cobra realce la Responsabilidad Social Universitaria (RSU), como una constante inter relación bidireccional con la sociedad en general. Desde la universidad se genera conocimiento y lo transfiere a la sociedad, a todas sus partes interesadas o stakeholders, haciéndolo pertinente, idóneo para generar impacto positivo en el desarrollo. La RSU reformula el compromiso social universitario, redirigiendo los objetivos y la visión de todas sus funciones e integrándolas.
Sin embargo, debe quedar claro que la responsabilidad social que hoy abordamos no es más la proyección social a la que estábamos acostumbrados, como acciones aisladas e independientes de un sentido más que el llevar ayuda por alguna causa específica y/o especial. No se trata de asistencialismos puro, la RSU es esa naturaleza solidaria que siempre ha tenido la universidad, pero potenciada, mejorada y con un carácter sostenible.
El artículo 124 de la Ley Universitaria define a la RSU como “gestión ética y eficaz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones: académica, de investigación y de servicios de extensión y participación en el desarrollo nacional en sus diferentes niveles y dimensiones; incluye la gestión del impacto producido por las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria, sobre el ambiente, y sobre otras organizaciones públicas y privadas que se constituyen en partes interesadas.” La RSU articula las necesidades de las partes interesadas y busca satisfacerlas mediante los procesos de formación, investigación, proyectos con la Sociedad y servicios de extensión.
En cuanto a la formación, la Universidad debe adecuar sus mallas curriculares y sus perfiles de egreso a las necesidades de la región y del país según las necesidades que pueden identificar de las relaciones que mantienen con las partes interesadas. Así mismo, deben plantear líneas de investigación que busquen satisfacer y soluciones necesidades locales y regionales. Dentro de sus deberes, se tiene el compromiso de ejecutar proyectos y servicios que permitan mejorar la calidad de vida y que generen desarrollo humano sostenible, según necesidades y requerimientos.
Según el modelo URSULA planteado por Franmis Vallaeys, son 4 los ejes de la RSU:
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- Campus responsable: Promoviendo la equidad de género y la no discriminación; buen clima de trabajo y el respeto de los derechos laborales. Fomentar un campus sostenible y amigable con el medio ambiente, comunicación y marketing responsable.
- Formación profesional y ciudadana: Presencia de temáticas ciudadanas y de responsabilidad social en el currículo, aprendizaje profesional basado en proyectos sociales, integración de actores sociales externos en el diseño de mallas curriculares.
- Gestión social del conocimiento: Promoción de la inter y transdisciplinariedad, integración de actores sociales externos en las investigaciones y el diseño de líneas de investigación, difusión y transferencia de conocimientos socialmente útiles hacia públicos desfavorecidos, promoción de investigaciones aplicadas a temas de desarrollo.
- Participación social: Integración de la formación académica con proyección a la sociedad (comunidades de aprendizaje), Lucha contra el asistencialismo y paternalismo en el servicio universitario a la comunidad, Promoción de redes sociales para el desarrollo (creación de capital social), Participación activa en la agenda local y nacional de desarrollo.
La sinergia entre estos ejes genera que se cuente con profesionales comprometidos, una universidad socialmente responsable, buscar el progreso social y la innovación atribuyéndole una pertinencia social al conocimiento.
No es menor el impacto que la RSU tiene en las universidades y la actividad académica, tan es así que nuestro sistema de acreditación de la calidad, gestionado a través del SINEACE, dentro de su modelo de acreditación para programas de estudios de educación superior universitaria, consigna la RSU como un estándar de calidad a evaluar: “El programa de estudios identifica, define y desarrolla las acciones de responsabilidad social articuladas con la formación integral de los estudiantes.”
Así mismo, la RSU es una condición básica de calidad para el licenciamiento institucional de universidades, atribuyéndole como finalidad el garantizar que se formen profesionales de alta calidad de manera integral y con pleno sentido de responsabilidad social de acuerdo con las necesidades del país.
En sentido de lo expuesto, la RSU es una forma de concebir una educación con real impacto en el desarrollo integral de la persona, las sociedades y los países, que parte necesariamente de un convencimiento por parte de quienes tienen que tomar la decisión de cambiar las cosas para bien aunque ello cueste. Como ha señalado Sergio Cuentas, Director del Centro de Proyección y Responsabilidad Social Universitaria de la Universidad Nacional de Ingeniería, “la respuesta es simple; sin RSU, no puede existir calidad académica en su moderno y estricto sentido, porque se tendría formación y creación de conocimiento carentes de pertinencia, poco útiles a la sociedad y la solución de sus problemas para alcanzar un desarrollo humano sostenible, respondiendo a los objetivos del milenio”.