Piero Sebastian Casanova Gastelumendi
Abogado por la Universidad de Lima, autor de la tesis titulada “El reconocimiento del DJ Set como obra de arte protegible por el Derecho de Autor peruano”. Ha publicado artículos relacionados a dicha materia en La Ley – El Ángulo Legal de la Noticia y Pólemos. Ex asistente de investigación del IDIC.
- Introducción
En Estate of Edgerton v UPI Holdings, Inc., la Corte Distrital del Estado de Maryland determinó la validez de copyright protection para los CDs que contenían grabaciones de las mezclas musicales de una disyóquey cuyo alias era “K-Swift”, en razón de sus aportaciones creativas y originales que las catapultó al estrellato y las hizo destacar de sus demás colegas. Posteriormente, en diciembre del 2020, una Corte alemana determinó que “los disyoqueis son músicos porque no se limitan a reproducir música de otras fuentes sino que también ejecutan sus propias piezas musicales utilizando instrumentos (en sentido amplio) para crear secuencias sonoras con sus propias características”1.
La interesante jurisprudencia invocada anteriormente proviene del extranjero y brinda ciertos criterios interpretativos acerca de la perspectiva que tienen las Cortes americanas y europeas respecto de la naturaleza jurídica del disyóquey. Sin embargo, ante la ausencia de pronunciamientos en nuestro ordenamiento nacional, ya sea en sede judicial y/o administrativa, y tratándose de una persona socioeconómica y artístico-musical que cobra cada vez más notoriedad en el medio de la industria del entretenimiento, la labor de desentrañar la naturaleza jurídica del disyóquey desde la óptica del Derecho de Autor peruano termina recayendo en la doctrina. Por ello, mediante el presente artículo, analizamos quién es la persona del disyóquey, qué hace y cómo su secuencia musical por excelencia –el DJ Set2– le otorga el status legal de autor de acuerdo al régimen actual del Decreto Legislativo 822° – Ley sobre el Derecho de Autor (en adelante, “DL 822”).
2. ¿Quién es el disyóquey, qué hace y cómo le otorga su DJ Set el status legal de autor?
El disyóquey es aquella persona natural creadora de una secuencia musical. En este sentido, estamos afirmando que el disyóquey es un autor conforme a nuestro DL 8223. Ahora, ¿el disyóquey resulta titular de una serie de derechos morales y patrimoniales que el DL 822 le concede por la sola y mera definición textual de dicho cuerpo normativo? En absoluto. Su autoría y titularidad de todas las prerrogativas que nuestra normativa le reconocé están fundamentadas en razón de su ingenio humano creativo manifestado a través de la selección y disposición de fonogramas que utiliza para crear su DJ Set. No obstante, ¿cómo se realiza o concreta en sí esta selección y disposición de fonogramas musicales utilizados como materia prima por la persona del disyóquey? Con respecto a la selección, debemos diferenciar entre la pre-selección y la selección in situ. En cuanto a la pre-selección, ésta constituye aquella selección realizada de manera previa a la presentación del disyóquey mediante la cual, tras rebuscar entre su vasta biblioteca digital y/o física, establece de manera preliminar cuáles van a ser los potenciales fonogramas a mezclar. Consecuentemente, la selección in situ resulta la utilización efectiva de los fonogramas en la presentación misma. Con respecto a la disposición de los fonogramas, Díez Alfonso4 explica de manera muy clara y didáctica la labor creativa y quizá más importante del disyóquey en cuanto a su relevancia jurídica, para efectos de evidenciar un mínimo grado de originalidad del DJ Set:
Inicialmente, el Dj hace sonar al exterior [de los parlantes de un sistema de sonido] una primera canción, mientras que a través de los cascos [audífonos] escucha una segunda canción. En este acto, el Dj sincroniza la velocidad de ambas canciones utilizando el pitch control5. Seguidamente, el disc-jockey elige un momento determinado en el tiempo, de modo improvisado6, para hacer sonar la segunda canción al exterior, quedando por tanto las dos canciones mezcladas y sonando simultáneamente. Es decir, hay una elección improvisada del momento en el que el Dj decide enlazar ambas canciones, y una mezcla de las mismas que produce que el sonido resultante sea diferente del que genera cada canción sonando de forma separada7.
En segundo lugar, una vez que las dos canciones se encuentran sonando al mismo tiempo, el disc-jockey goza de una gran variedad de alternativas para profundizar en la mezcla creada. Dichas alternativas vienen dadas por las posibilidades que puedan llegar a ofrecer los dispositivos que utilice en la confección del Dj Set. A modo de ejemplo, cabe citar la mesa de mezclas (mixer), la cual dispone de ecualizadores que permiten modificar las frecuencias del sonido de las canciones enlazadas, o de cross-faders que habilitan la variación de la intensidad del sonido de cada canción, o de efectos multifuncionales que logran filtrar, distorsionar o reverberar el sonido. También el uso de las aplicaciones de un programa de ordenador; para mezclar obras [musicales] en soporte mp3 o mp4 [archivos fonográficos digitales] abre un abanico de posibilidades. El empleo de estos dispositivos es efectuado igualmente tras un esfuerzo creativo a través de la ejercitación del oído [cursivas añadidas]. A continuación, el disc-jockey escoge otro momento determinado, de forma improvisada, en el cual deja de hacer sonar la primera canción, dando por finalizada la mezcla y haciendo sonar únicamente la segunda canción. (pp. 22-23).
En consecuencia, y como podemos apreciar en función de la explicación del esfuerzo creativo que despliega el disyóquey para confeccionar su DJ Set, éste sin duda alguna se trata de una obra original, subsumible actualmente en la definición de compilación de obras8 de nuestro DL 822.
Además, la originalidad del DJ Set debe también evaluarse a la luz de la Resolución N.° 286-1998- TPI-INDECOPI, pues dicha decisión del Tribunal de Propiedad del Indecopi constituye precedente de observancia obligatoria (en adelante, el “Precedente”) en materia de derechos de autor. Al respecto, debemos señalar que mediante el Precedente el INDECOPI se adhirió a la teoría de la originalidad subjetiva para determinar la protegibilidad de cualquier tipo de obra sometida a su evaluación. Así, el primer párrafo del segundo extremo de la parte resolutiva del Precedente estableció lo siguiente:
Debe entenderse por originalidad de la obra la expresión (o forma representativa) creativa e individualizada de la obra, por mínimas que sean esa creación y esa individualidad. La obra debe expresar lo propio del autor, llevar la impronta de su personalidad. (Resolución 286, 1998).
Bajo este marco, por un lado, la persona del disyóquey claramente pone de manifiesto su individualidad a través de su DJ Set pues está compuesto por fonogramas que han sido seleccionados de acuerdo a sus inspiraciones musicales, las cuales han venido influenciando y moldeando su personalidad artística a lo largo de varios años de escuchar música. La interiorización de dichas canciones durante su periodo de formación como melómano(a) juega un rol determinante en la eventual exteriorización de sus vibraciones que revelan sus emociones más íntimas y apasionadas. De hecho, el DJ Set no es sino el cúmulo de sentimientos sintentizados y plasmados en una sola expresión sónica tejida con diversas ondas sonoras de un sinfín de fuentes musicales.
Por otro lado, resulta inobjetable que través de ese acto de entrelazamiento de fonogramas se comprueba de manera fehaciente la altura creativa que reviste el DJ Set. Tanto es así que cuando el disyóquey une dos (02) o más fonogramas mediante la sincronización de sus velocidades de reproducción, está creando obras derivadas espontáneamente hasta que paren de sonar en simultáneo, cumpliendo de esa manera con el criterio de originalidad subjetiva que solo requiere que la expresión (o forma representativa) sea mínima. Dichas obras derivadas musicales entremezcladas entre sí van apareciendo en el desenvolvimiento del DJ Set que pueden generarse con la combinación de una línea de bajo de una canción con los acordes de otra y la letra acapella de una tercera. Las posibilidades de mezcla son tan amplias como la imaginación del disyóquey.
3. Conclusión
En conclusión, si bien en nuestro ordenamiento autoral nacional no contamos con criterios interpretativos explícitos que arrojen claridad respecto de la naturaleza jurídica del disyóquey como existen en otros países, la tarea de esclarecimiento sobre dicho agente músico-cultural, cada vez más notorio en la industria de entretenimiento, actualmente recae sobre la doctrina peruana. En virtud de ello, la naturaleza jurídica del disyóquey es determinada en relación a su titularidad autoral como creador(a) primigenio(a) de su obra por excelencia – el DJ Set. Éste, a su vez, resulta una obra original, que reviste un mínimo grado de creatividad, al cumplir con el Precedente en materia de derechos de autor por el Tribunal de Propiedad Intelectual del INDECOPI.
Bibliografía:
[1] Traducción de lo expresado en la nota periodística A German Court declares techno is music, the DJ is a musician: https://ibizaglobalradio.com/german-court-declares-techno-music-dj-musician/
[2] Para un análisis más exhaustivo en términos de Derecho Comparado sobre la protegibilidad autoral del DJ Set, se recomienda la lectura de la tesis titulada “El reconocimiento del DJ Set como obra de arte protegible por el Derecho de Autor peruano” disponible en el Repositorio Institucional de la Universidad de Lima: https://repositorio.ulima.edu.pe/handle/20.500.12724/15079
[3] Artículo 2.- A los efectos de esta ley, las expresiones que siguen y sus respectivas formas derivadas tendrán el significado siguiente:
- Autor: Persona natural que realiza la creación intelectual.
[4] Autor del artículo titulado “Disc Jockey de Autor”: https://www.pei-revista.com/indice-de-autores/diez- alfonso-alvaro/disc-jockey-de-autor-detail?jjj=1644725041383
[5] Es aquella función de las mezcladoras utilizadas por los disyoqueis que les permite modificar el tempo de los fonogramas con la finalidad de sincronizarlos, combinarlos y hacerlos sonar a la misma velocidad de reproducción. Este acto se conoce como beatmatching (empalme o encuadramiento rítmico).
[6] No necesariamente el disyóquey elige un momento al azar para decidir cuándo hacer sonar el siguiente fonograma. De hecho, para poder crear mezclas, y por ende, un DJ Set musicalmente coherente, el disyóquey debe poder contar los compases de las obras musicales e introducir el nuevo fonograma en el momento oportuno y preciso para generar una transición fluida.
[7] Es, en este momento específico del DJ Set, que se crea una nueva obra musical momentánea, derivada de la mezcla o combinación de las dos (02) obras musicales fijadas en fonogramas (archivo MP3, WAV, AIFF, FLAC o disco de vinilo) reproduciéndose al mismo tempo en simultáneo.
[8] Artículo 5.- Están comprendidas entre las obras protegidas las siguientes: (…)
- Las antologías o compilaciones de obras diversas o de expresiones del folklore, y las bases de datos, siempre que dichas colecciones sean originales en razón de la selección, coordinación o disposición de su contenido. (…)