Fransheska Acco Manayalle
Bachiller en Derecho por la UNMSM. Asistente de Cátedra de Derecho Comercial I, II y III en la misma casa de estudios. Asociada a la SPD, miembro honorario del CFC, y directora académica de DELEYES.PE.
- Introducción
En la presente investigación, se pretende analizar qué tan rentable y útil es el Fideicomiso de Titulización como mecanismo de financiamiento en las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, daremos cuenta del nivel de crecimiento en los últimos años de este tipo de empresas, y si fuese el caso, recomendar otros tipos de mecanismos de financiamiento para el despegue de las empresas mencionadas, de acuerdo a la crisis social y económica que estamos viviendo.
2. ¿Qué es un Fideicomiso?
El Fideicomiso es un acto jurídico materializado en un contrato, donde una de las partes llamada “fideicomitente” transfiere sus bienes a una persona natural o jurídica llamado “fiduciario” como muestra de confianza, con la finalidad que lo maneje de la forma como está estipulada en el acto constitutivo del Fideicomiso, a favor de la parte beneficiaria llamada “fideicomisario” (persona natural o jurídica).
Por otro lado, de acuerdo con la Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley N° 26702), el Fideicomiso es un contrato jurídico en el cual, el fideicomitente mediante la constitución del Patrimonio Fideicometido, transfiere sus bienes al fiduciario para que este lo administre bajo su dominio de acuerdo a las cláusulas mencionadas en la constitución, con el propósito de que sea destinado para un fin determinado en favor del fideicomitente o una tercera persona llamada fideicomisario[1].
Cabe mencionar que se considera como un patrimonio autónomo el bien recibido por el fiduciario, el cual no podrá ser usado para fines propios. Además, el Fideicomiso tiene un plazo de duración de 30 años como máximo, con excepción de Fideicomisos filantrópico y vitalicio.
3. ¿Qué es un Fideicomiso de Titulización?
Regulado en el artículo 301 de la Ley de Mercado de Valores[2] (Aprobado por Decreto Supremo N° 093-2002-EF el 15/06/2002). Se realiza cuando el fideicomitente entrega al fiduciario un activo, con la finalidad de constituir un patrimonio fideicometido. El fiduciario fracciona el valor del patrimonio fideicometido, emitiendo títulos de deuda, los cuales son vendidos a personas naturales o jurídicas en donde se deberá pagar el valor del título de deuda comprado al fiduciario[3].
El monto pagado al fiduciario, por la compra de los títulos de deuda serán depositados en la cuenta del fideicomitente y, a su vez, las personas naturales o jurídicas que hayan comprado los títulos de deuda se convertirán en fideicomisarios por lo que tendrán un derecho de cobro respaldado por el patrimonio aportado por el fideicomitente.
Para mejor detalle, adjunto un esquema de funcionalidad del Fideicomiso de Titulización:
Fuente de imagen: Bolsa de Valores de Lima – Titulización de activos en Mypes.
El dominio fiduciario que se produce en el Fideicomiso de Titulización, se produce sobre el patrimonio fideicometido de parte de la sociedad titulizadora. Esta posee plenas potestades, incluidas las de administración, uso, disposición y reivindicación sobre los activos que integran el patrimonio fideicometido.
Asimismo, es preciso referirnos a la finalidad de la constitución del Fideicomiso de Titulización, la cual consiste en obtener financiamiento, es decir, emitir valores que respaldarán una deuda garantizada con los derechos que forman parte del patrimonio fideicometido. Además, en el Fideicomiso de Titulización, los únicos que pueden ostentar la calidad de fiduciarios, son aquellas entidades financieras que cuentan con autorización en la SMV.
4. Impacto de las pequeñas y medianas empresas en la economía peruana
A raíz de las consecuencias ocasionadas por la pandemia, diversos empresarios han evaluado y puesto en marcha diversos financiamientos posibles. Existen alternativas a las del sistema tradicional bancario, las cuales tienen la ventaja de ser flexibles para acomodarse al contexto de cada empresario y cumplen con las exigencias de posibles inversionistas.
De acuerdo con los estudios y puntos de vista de gerentes de titulizadoras nacionales, el Fideicomiso de Titulización destaca entre estas alternativas, puesto que puede adaptarse a casi cualquier contexto de negocio. Actualmente esta figura de Fideicomiso se viene empleando en negocios de factoring, aceleración de startups, adquisición de inmuebles, financiamientos de libre disposición, capital acelerador de preventas en proyectos inmobiliarios, desarrollos de proyectos de vivienda social, adquisición de carteras de crédito, inversión en valores mobiliarios (e.g., bonos, acciones, etc.), arrendamiento de inmuebles y otros[4].
Parte de sus ventajas, tenemos la versatilidad, el bajo costo, su agilidad de adaptación entre otros. Esta modalidad de Fideicomiso está al alcance de las PYMES, y es una opción razonable en el contexto actual de crisis.
La versatilidad se ve reflejada en la capacidad para poder utilizar como medio de pago cualquier tipo de activo, ya sean bienes inmuebles, muebles, flujos presentes o futuros, entre otros. Esto cobra especial relevancia durante el proceso de estructuración financiera, donde se tiene un margen mayor al poder seleccionar entre distintos tipos de activos y adaptarse a distintos contextos.
Un ejemplo respecto de lo anterior, se ve reflejado en el sector inmobiliario, donde los bancos exigen al desarrollador, requerimientos mínimos de preventas para aplicar al crédito constructor y, mientras estos no los cumplan, tienen que financiar con recursos propios los trabajos preoperativos[5].
También se desarrolla en el sector de emprendimientos digitales. Se viene financiando startups de manera indirecta, a través de sus aceleradoras, las cuales aportan al Fideicomiso las opciones de compra o los derechos de suscripción preferente que poseen sobre el accionariado de las startups que vienen asesorando.
De esta forma, el rendimiento del inversionista dependerá de que los activos en Fideicomiso se conviertan en flujos, ya sea mediante la repartición de dividendos o la venta de las acciones de las startups exitosas.
A fin de promover el desarrollo de las Pymes, se viene replicando el tradicional financiamiento de libre disposición bancario, utilizando Fideicomisos de titulización. En este tipo de operaciones, las Pymes, sin importar el sector económico al que pertenezcan, aportan un activo inmobiliario -de su propiedad o de propiedad de un tercero- al Fideicomiso junto con flujos futuros que sirvan como medio de pago de la deuda.
Sobre la adaptabilidad al nivel de riesgo del inversionista, desde el punto de vista de los inversionistas, la versatilidad se evidencia en la posibilidad que tienen de elegir el nivel de riesgo y rendimiento que quieren asumir dentro de la operación de financiamiento. Siendo estas:
- Bonistas. Titulares de derechos crediticios con un rendimiento fijo establecido.
- Certificados de participación. Titulares de derechos de participación sobre las utilidades que genere el Fideicomiso.
Lo señalado anteriormente cobra vital importancia, ya que nos permite reproducir distintos esquemas de financiamiento tradicional como por ejemplo asociaciones en participación, consorcios, emisiones corporativas, contratos de mutuo, entre otros; y ajustarlos a un modelo de negocio y contexto particular, alineándose con el nivel de riesgo y rentabilidad que busca el inversionista correspondiente.
Analizando desde el punto de vista del inversionista, es importante comentar sobre la agilidad que tiene el Fideicomiso de Titulización en un eventual escenario de solicitud de ejecución de los activos por parte del inversionista, ante un incumplimiento en el pago de las obligaciones. Producto de su dominio fiduciario, la sociedad titulizadora posee facultades de disposición de los activos en Fideicomiso para que esta pueda ejecutarlos de manera extrajudicial, según lo estipulado en el contrato.
Concluimos que el Fideicomiso de Titulización es un vehículo cuya versatilidad le permite adaptarse a distintos contextos, estructurar soluciones de financiamiento eficientes y seguras para los inversionistas y, sobre todo en este contexto de crisis e incertidumbre, estar al alcance de las pymes.
5. Mecanismos financieros para pequeñas y medianas empresas
Además del Fideicomiso de Titulización, la práctica nos demuestra al Mercado Alternativo de Valores (MAV) como un mecanismo financiero óptimo para las pequeñas y medias empresas.
Las empresas prefieren emitir instrumentos financieros a través del MAV puesto que, es posible fondear operaciones con financiamientos de fondo mucho más altos y con tasas más competitivas a la de los del sector financiero, por ejemplo.
Para que una empresa logre ingresar al MAV, es necesario que sea parte de un proceso de preparación adecuada, por lo que dependiendo del cumplimiento de los requisitos de la empresa, podría tomar plazos de estructuración entre cuatro y seis meses. Asimismo, una vez que el regulador apruebe el Programa de Emisión para el financiamiento, la empresa requerida podría salir a levantar fondos en el mercado de valores por el plazo de seis años, plazo de vigencia de un programa en el MAV[6].
Además, de acuerdo con estudios recientes de la BVL, aquellas empresas que hayan emitido por primera vez en el MAV, obtuvieron una tasa promedio del 6.08% a diferencia del promedio de tasa bancaria de 11.52%.
Agregado a esta tasa de financiamiento, se incluye la clasificación de riesgo y el pago de la casa de bolsa que estructura la emisión que recauda CAVALI, la BVL y la SMV. En algunos casos, cuando se ve necesario utilizar un esquema de garantías para la emisión, también se añade el costo del Fideicomiso. A pesar de estos gastos, la tasa del MAF continua siendo menor a la del sistema financiero, pues estos costos se van diluyendo en la medida que el tamaño de la emisión sea más grande y a la vez que las empresas sean recurrentes a esta modalidad de financiamiento.
Por si no fuera poco, el 6 de setiembre del 2021, el actual ministro de producción, el señor Yvan Quispe Apaza, propuso la creación de los Fideicomisos regionales por un monto mínimo por región de S/ 10 millones, una estrategia para utilizar parte de los recursos del canon como aval para créditos a favor de las micro y pequeñas empresas (MYPE)[7].
Cabe resaltar que las pequeñas y medianas empresas por lo general, cuentan con derechos de cobro o inmuebles que en el corto plazo no brindan la liquidez solicitada para poder afrontar las consecuencias producida por el COVID-19. Es aquí en donde las empresas mencionadas pueden encontrar en el Fideicomiso de Titulización una solución, obteniendo liquidez a corto plazo sin tener que perder activos en el proceso, en cuanto solo se transfiere el dominio fiduciario del activo al Fideicomiso, no la propiedad.
6. Conclusiones finales
El Fideicomiso de Titulización es un vehículo súper flexible para mitigar riesgos, el cual ofrece seguridad a los inversionistas; por tal motivo – y a modo personal – es uno los vehículos más utilizados en el Perú para buscar financiamiento en el mercado de valores.
Este mecanismo financiero es considerado como una herramienta muy flexible y versátil, puesto que se adapta al perfil de riesgo, operación y el tipo de producto que necesita las pequeñas y medianas empresas.
Una de las razones por las cuales una pequeña y mediana empresa decide por el Fideicomiso es cuando se está convencido que el mercado de valores es una alternativa interesante a la banca tradicional y es a través de este mecanismo que se lleva a cabo las emisiones en el mercado y se acota los riesgos para que sus primeras emisiones sean exitosas.
Bibliografía
[1] Mendiola, A. (2016). Estructura alternativa de financiamiento de medianas empresas a través del mercado de valores peruano. Esan ediciones. Página 28.
[2] Artículo 301. Fideicomiso de titulización: En el fideicomiso de titulización, una persona denominada fideicomitente se obliga a efectuar la transferencia fiduciaria de un conjunto de activos en favor del fiduciario para la constitución de un patrimonio autónomo, denominado patrimonio fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este último y que respalda los derechos incorporados en valores, cuya suscripción o adquisición concede a su titular la calidad de fideicomisario y las demás obligaciones que asuma conforme a lo previsto en el artículo 291. Únicamente las sociedades titulizadoras a que se refiere el artículo siguiente, salvo los supuestos de excepción que establezca Conasev mediante disposiciones de carácter general, pueden ejercer las funciones propias del fiduciario en los fideicomisos de titulización.
[3] MEF. (2018). Informe de actualización de proyecciones macroeconómicas 2018-2021. Consulta: 19 de abril de 2019. Página 19-20.
[5] LA FIDUCIARIA (2018). Estructuras comunes de Fideicomisos. Recuperado de https://lafiduciaria.com.pe/index.php?page=tipos-de-Fideicomiso
[6] Pariamachi A. (2004). Los Procesos de Titulización de activos. Tesis, Universidad Mayor de San Marcos de Perú. Páginas 70-72.