Las prácticas de abuso de posición de dominio que se rigen bajo una prohibición relativa, pueden ser explotativas o exclusorias. Sin embargo, solo las exclusorias se encuentran sometidas a prohibición relativa mediante Decreto Legislativo N° 1034.Hoy, el Dr. Julio Durand Carrión nos cuenta un poco sobre las prácticas explotativas y los posibles efectos de su no prohibición.
Julio Durand es doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con Estudios de postgrado en Propiedad Intelectual en la Universidad de Buenos Aires, Argentina; Derecho Internacional en la Organización de Estados Americanos (OEA) en Río de Janeiro Brasil y la Escuela Iberoamericana de Defensa de la Competencia del TDC de España. Asimismo, fue Presidente de la Sala Especializada en Protección del Consumidor del Tribunal del INDECOPI.