Annalucia Fasson Llosa
Abogada por la Universidad de Lima con Magnum Cum Laude. Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad de ESAN. Cuenta con una especialización en Derecho de la Moda por el Fashion Law Institute at Fordham Law University, New York. Actualmente, es Socia Senior del área corporativa & digital investments y jefe del área de derecho de la moda, luxury y retail de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados.
Escribo este artículo rindiéndole un pequeño homenaje a la Vicuña, dado que el día de hoy 15 de noviembre es su día nacional, conforme lo dispone la Resolución Ministerial No. 0458-2017-MINAGRI, publicada el 14 de noviembre de 2017. Se escogió esta fecha dado que ese día termina el procedimiento ancestral para esquilar a las vicuñas que data desde la época de los incas y que se utiliza hasta la fecha denominada Chaccu y que empieza del 15 de mayo al 15 de noviembre de cada año.
Cabe indicar que para evitar su exterminio se prohibió la comercialización directa de la vicuña y, en su lugar, la fibra debe ser adquirida de las comunidades andinas que los crían; de hecho existen a la fecha normas técnicas emitidas por INACAL, la cual es una dependencia de INDECOPI, que señala cómo criar y en qué forma se trasquila a la vicuña sin maltratarla.
Posteriormente a su adquisición para comercializarla y/o exportarla, se debe suscribir con el Estado Peruano a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (en adelante, Serfor) un contrato de licencia de uso de marca que le permita durante cinco (5) años ser titular de los derechos patrimoniales de la marca Vicuña Perú y Vicuña Perú – Artesanía, respectivamente, debiendo para tales efectos cumplir con los siguientes requisitos para su celebración:
- Si es persona natural deberá ser mayor de edad.
- Si es persona jurídica deberá acreditarlo presentando el testimonio de constitución de la misma. Si es una empresa extranjera deberá apostillar el testimonio y traducirlo al español.
- Llenar el formulario F4 que es una solicitud dirigida al Director (a) ejecutivo de Serfor.
- Carta poder simple en caso se represente a otra persona.
- Si es una empresa extranjera deberá inscribir a sus representantes en el Perú otorgándoles facultades contractuales para celebrar contratos en nuestro país.
- Presentar un documento que acredite la actividad textil-industrial si se desea usar la marca Vicuña Perú.
- Presentar un documento que acredite la actividad textil-artesanal si se desea usar la marca Vicuña Perú – Artesanía.
- Pagar la tasa de S/ 458.90 ante el Banco de la Nación, al Número de Transacción 9660, Código Tributario 7825 (la tasa corresponde al año 2021).
Cabe indicar que el trámite se puede realizar de manera virtual enviando toda la documentación mencionada anteriormente, debidamente firmada y en formato PDF, al correo mesadepartes@serfor.gob.pe o de manera presencial en la oficina de Serfor, ubicada en Av. Javier Prado No. 2442, Urb Orrantia, Magdalena del Mar.
Asimismo, una vez que Serfor emita la resolución correspondiente, se deberá celebrar el contrato de licencia de marca para el uso de la marca Vicuña Perú o Vicuña Perú – Artesanía, respectivamente, en donde se deberá cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:
- Registrar, a su cuenta y costo el Convenio de Licencia de Uso de la Marca VICUÑA PERÚ o VICUÑA PERU – ARTESANIA, ante la Oficina de Signos Distintivos del INDECOPI.
- Presentar a Serfor un informe anual hasta treinta (30) días calendario antes del vencimiento de cada año de vigencia, en el que se acredite el cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio.
- Utilizar el signo distintivo VICUÑA PERÚ o VICUÑA PERU ARTESANIA, respectivamente, únicamente para la transformación y/o comercialización de productos elaborados industrialmente con fibra de vicuña.
- Informar a Serfor todos los contratos que se suscriba con terceros para la adquisición de la fibra de vicuña, adjuntando copias de los mismos así como sus respectivas facturas.
- Inscribir en caso corresponda, en el Registro Único de Camélidos Sudamericanos Silvestres del Perú (RUCSSP), los productos obtenidos de fibra de vicuña peruana.
- Promocionar, directamente o a través de terceros, a nivel nacional o internacional, la marca VICUÑA PERÚ o VICUÑA PERU – ARTESANIA, conjuntamente con la realización de actividades de conservación y manejo de la vicuña que se efectúen en Perú, para lo cual deberá presentar al tercer año de suscrito el Convenio con Serfor, un Informe en el que se adjunten videos, materiales u otro tipo de publicidad escrita, entre otros, en los que se sustente la referida promoción de los productos provenientes de la fibra de la vicuña.
- No ceder a terceros la licencia de uso de la marca ni su signo distintivo.
- Remitir las actas de rendimiento correspondiente a los procesos de transformación de la fibra de vicuña a productos.
Cabe recordar que la vicuña es símbolo del escudo nacional peruano y fuente de orgullo de nuestro país y de latinoamérica, dado que es considerada como una de las fibras más finas del mundo, utilizándose como materia prima para fabricar prendas de vestir de marcas de lujo tales como Loro Piana o Brunello Cucinelli, entre otros.
Ojalá que pronto más empresas nacionales e internacionales apuesten por esta fibra y se animen a utilizarla en sus productos textiles. Créanme no se van a arrepentir. Que así sea.