Desde Dimensión Mercantil, les presentamos nuestra Agenda Mercantil con las bases legales más relevantes de la semana del 23 al 29 de agosto del 2021.
- Resolución SBS Nº 02470-2021
Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu.
Descripción:
Mediante esta resolución se declaró el sometimiento de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu al Régimen de Intervención. Ello ya que se encontraba incursa en la causal establecida en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales. Así, en concordancia con el artículo 24 del mismo Reglamento, la competencia de la Asamblea respecto a la Cooperativa se limita exclusivamente a las materias que se tratan los artículos 23, 25 y 26 del Reglamento en cuestión.
En adición a los anterior, en base al artículo 26, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución está prohibido Iniciar contra la Cooperativa, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo; .perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la Cooperativa; constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la Cooperativa, en garantía de las obligaciones que le conciernen; hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la Cooperativa con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros; y constituir medida cautelar contra bienes de la Cooperativa.
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2. Resolución SBS Nº 02493-2021
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu.
Descripción:
Mediante esta resolución se declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ahorro y Crédito Aelu. Ello implica que no se podrá iniciar contra dicha Cooperativa procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo. En segundo lugar, se prohíbe la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra está en liquidación. Otro punto que está prohibido es constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la Cooperativa en garantía de las obligaciones que le conciernen. En cuarto lugar, no se puede hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la Cooperativa con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros. Finalmente, se prohíbe constituir medida cautelar contra bienes de la Cooperativa en liquidación.
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3. Resolución SBS Nº 02525-2021
Establecen precisiones a las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia.
Descripción:
La presente resolución con el fin de fortalecer la implementación del modelo de integridad pública a través de la gestión de riesgos, la supervisión y monitoreo del cumplimiento de dicho modelo en la institución, establecido en el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM “Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción” se incorpora la función de integridad al Departamento de Gestión de Riesgos Internos de la Gerencia de Planeamiento y Organización, en concordancia y en lo que corresponda con la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 001-2019-PCM “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública”.
Enlace:
https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/DescargaIN.asp?Referencias=MTk4NjQ3N18xMjAyMTA4Mjg=
4. Resolución SBS Nº 02451-2021
Aprueban los Procedimientos mínimos para la gestión clasificación reporte y constitución de provisiones por controversias y modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Reglamento de Auditoría Interna.
Descripción:
Con la finalidad de promover una adecuada gestión de las controversias que enfrentan las empresas supervisadas, resulta necesario establecer los procedimientos mínimos para su gestión, clasificación, reporte y constitución de provisiones, los cuales han sido formulados tomando en consideración la experiencia adquirida en las acciones de supervisión realizadas en los últimos años, se considera necesario modificar el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS Nº895-98 y sus normas modificatorias, el Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador, aprobado por la Resolución SBS Nº348-95 y sus normas modificatorias, así como el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por la Resolución SBS Nº435-2005 y sus normas modificatorias, con el fin de establecer el tratamiento contable de las controversias y adecuarlo a las disposiciones vinculadas a los procedimientos mínimos para la gestión, clasificación, reporte y constitución de provisiones por controversias.
Enlace:
https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/DescargaIN.asp?Referencias=MTk4NDI4N18xMjAyMTA4MjQ=